Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires
http\\www.jusbaires.gov.ar
2006
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires
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2006
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Unidades de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires que adhieren a la presente Carta
Compromiso con el Ciudadano:
Fuero Contencioso
Administrativo y Tributario
Juzgado Nº 4 de Primera Instancia
Juzgado Nº 8 de Primera Instancia
Juzgado Nº 11 de Primera Instancia
Secretaría Sala II – Cámara de
Apelaciones
Fuero Contravencional y de
Faltas
Juzgado Nº 5 de Primera Instancia
Juzgado Nº 14 de Primera Instancia
Juzgado Nº 10 de Primera Instancia
Juzgado Nº 12 de Primera Instancia
Secretaría General de la Cámara de
Apelaciones
Ministerio Público en lo
Contravencional y de Faltas
Fiscalía Nº 2 de Cámara de
Apelaciones
Fiscalía Nº 8 de Primera Instancia
Defensoría Nº 1 de Primera Instancia
AUTORIDADES EN EL 2006
Presidente:
Dra. Carla Cavaliere
Vicepresidente:
Dr. Ramiro Monner Sans
Secretario:
Dr. Juan Sebastián De Stefano
Consejeros:
Dra. María Magdalena Iráizoz, Dr. Germán
Carlos Garavano, Dr. Ricardo Busso y Dr.
Ricardo Félix Baldomar
AUTORIDADES EN EL 2007
Presidente:
Dra. Carla Cavaliere
Vicepresidente:
Dra. Maria Teresa Moya
Secretario:
Dr. Juan Pablo Mas Velez
Consejeros:
Dr. Gustavo Adolfo Letner, Dr. Mauricio
Devoto, Dr. Julio De Giovanni, Dr. Ricardo
Felix Baldomar, Dr. Eugenio Cozzi y Dra.
Liliana Blasi.
ÍNDICE
Pág.
I.- PRÓLOGO.................................................................................................................1
II.- MISIÓN Y OBJETIVOS DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ..............4
III.- OBJETIVOS, PROCESOS Y SERVICIOS ESENCIALES DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES ..............................................................................................................9
IV.- DESTINATARIOS DE NUESTROS SERVICIOS......................................................................12
V.- PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN NUESTROS SERVICIOS..................................................13
VI.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS HABITANTES CON RELACIÓN A NUESTROS SERVICIOS.............14
VII. NUESTROS COMPROMISOS DE CALIDAD .........................................................................15
VIII.- ESTÁNDARES DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS ESENCIALES................................................16
X.- INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN CON EL HABITANTE..........................................................26
XI.- MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.................................................................27
XII.- CÓMO CONTACTARSE CON NOSOTROS..........................................................................28
ANEXOS.....................................................................................................................37
1
I.- Prólogo
La presente Carta Compromiso con el Ciudadano es el resultado de un enorme esfuerzo,
iniciado a principios del año 2006, con la firma de un convenio de cooperación entre el
Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Subsecretaría de
la Gestión Pública dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
En su elaboración participaron distintas unidades representativas de ambos fueros e
instancias del Poder Judicial que voluntariamente habían solicitado al Consejo de la
Magistratura la incorporación de mecanismos orientados a mejorar la calidad de
prestación de los servicios.
A lo largo de este año, tras numerosas reuniones y talleres con integrantes de estas
unidades y la asistencia técnica de la Subsecretaría de la Gestión Pública, se consensuó
este texto y, más importante aún, los estándares definidos en los anexos.
La firma de un documento con estas características garantiza la transparencia frente al
habitante, ya que se plasma en un lenguaje llano y comprensible para todas las personas
la descripción de los servicios que brinda el Poder Judicial, el modo en que se puede
acceder a ellos, los lugares donde están ubicados los organismos, entre otras cosas;
incorpora mecanismos de participación ciudadana, para un mejor conocimiento de la
disconformidad o satisfacción de la atención que se brinde; garantiza el compromiso a la
mejora continua en la gestión judicial de los mismos actores del Poder Judicial, mediante
el establecimiento de estándares de desempeño, medibles sencillamente a través de un
tablero de comando. En definitiva, se abre a los habitantes un nuevo canal de articulación
con el Poder Judicial local, posibilitando la comunicación directa con los funcionarios y una
mejor comprensión de sus derechos cívicos y las formas de reclamarlos.
Esta modalidad es nueva en los poderes judiciales de nuestro país. El antecedente
inmediato es el del Poder Judicial de Río Negro, que firmó a finales del 2004 una Carta
Compromiso con el Ciudadano semejante al presente documento. A excepción de este
antecedente, el Poder Judicial de la Ciudad Aútonoma de Buenos Aires está a la delantera
en cuanto a la mejora de la gestión judicial y a la búsqueda incesante de transparencia y
acceso a la Justicia. A lo largo de este año, se llevó a cabo un trabajo conjunto con otras
organizaciones no gubernamentales, para la capacitación en temas vinculados con la
gestión judicial, como fue la Jornada de "Innovación en la Gestión Judicial. Cómo trabajar
menos y lograr mejores resultados", realizada el 27 de noviembre del corriente. Asimismo,
2
se firmó un convenio con el Gesoc - Centro de Estudios de Calidad en el Servicio de
Justicia y se elaboraron dos convenios mas con otras ONGs para iniciar actividades de
mejora en distintos ámbitos del Poder Judicial de la Ciudad enriqueciéndonos con
metodologías distintas, en pos de brindar un mejor servicio de Justicia. En esta misma
línea, se avanzó con el Programa de Fortalecimiento de la Justicia Contravencional y de
Faltas, acentuando a la oralización del proceso, para una mayor transparencia y una
mayor participación de los presuntos contraventores en el proceso judicial. Además, se
llevó adelante una encuesta a los operadores del sistema consultándoles sobre cuáles
eran los principales problemas de acceso a la justicia que percibían en el Poder Judicial de
la Ciudad Aútonoma de Buenos Aires, la cual se complementará con una encuesta a los
habitantes de la ciudad sobre los problemas de acceso que éstos perciben. Estamos en el
camino del perfeccionamiento institucional.
Pero esto no es casual. El Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene la
particularidad que fue recientemente creado y la gran mayoría de sus integrantes fueron
nombrados por concurso de antecedentes. En conjunto, estos dos aspectos se conjugan
favorablemente generando en los operadores una capacidad de renovación continua, con
alto grado de compromiso en el trabajo jurisdiccional y en la mejora continua de la
gestión judicial. A pesar que las unidades firmantes son pocas, no son las únicas unidades
con este compromiso. A finales del año 2005, desde el Consejo se convocó a todas las
unidades que quisieran participar en proyectos de mejora de la calidad judicial, y la
respuesta fue más que satisfactoria: alrededor de veinte unidades respondieron
favorablemente, demostrando una intensa preocupación en estos temas y un alto índice
de compromiso con el habitante.
Por último, todo este proceso de elaboración fue un desafío para nosotros, tanto para la
Dirección de Política Judicial como para las unidades convocadas. Fue un esfuerzo el
hecho de pensar en el habitante como el referente indiscutido de todo el proceso judicial;
fue un esfuerzo esbozar estándares de desempeño a cumplir año tras año para no fallarle
al habitante; y fue un esfuerzo la definición de conceptos técnicos en un lenguaje
coloquial y accesible. Un esfuerzo recompensado al final de todo el proceso, con un
documento que, en sus líneas generales, es una carta de presentación de nuestro Poder
Judicial. Por eso, estamos satisfechos.
Sin embargo, todavía nos queda mucho recorrido por hacer y somos conscientes de ello.
3
Nos resta la medición de los estándares y el cumplimiento efectivo de la meta fijada, nos
resta la superación de los estándares definidos aquí. En fin, nos resta la generación de un
sistema de mejora continua del servicio que redunde en beneficios para los usuarios del
sistema. Estamos en ese camino y éste es el primer paso.
Dirección de Política Judicial
Fernando Yuri
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II.- Misión y Objetivos del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires
Misión:
Aplicar, interpretar y hacer cumplir las normas formales y materiales vigentes en la
Ciudad, de modo de resolver los conflictos, garantizando en todos los casos a los
habitantes el acceso a la justicia, la igualdad, la seguridad jurídica y el respeto irrestricto a
sus derechos constitucionales y legales.
Objetivos:
1. Llevar adelante la tramitación del proceso judicial.
2. Actuar en la resolución de conflictos y contiendas entre particulares y el
Estado mediante el Derecho aplicable.
3. Atender a imputados y víctimas garantizando derechos constitucionales.
4. Garantizar el acceso a la Justicia.
5. Diseñar e implementar políticas judiciales, promoviendo mejoras en la gestión.
6. Proveer de información, atención y asesoramiento a los habitantes que
acceden a la Justicia.
5
Contexto Institucional Judicial para la Ciudad de Buenos Aires:
En el territorio de la Ciudad de Buenos Aires coexisten órganos judiciales con distinta
competencia:
• Nacional Federal: entiende en cuestiones federales en el territorio de la Ciudad de
Buenos Aires
• Nacional Ordinaria: comprende los juzgados y Cámaras que atienden distintas
materias (criminales, correccionales, civiles, comerciales y trabajo) en el territorio de
la Ciudad de Buenos Aires.
• Local: entiende en todas las cuestiones que involucran normas formales y materiales
vigentes en la Ciudad, y en aquellas que fueron transferidas de la Nación a la Ciudad.
Dado que la Constitucional Nacional reformada en 1994 otorga autonomía a la Ciudad
de Buenos Aires, la llamada Justicia Nacional Ordinaria de la Capital Federal, debería ser
traspasada al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asimilando su situación a la
del resto de las provincias.
Sin embargo, la ley 24.588 de Garantía de los Intereses del Estado Nacional en la
Ciudad de Buenos Aires sancionada el 8 de noviembre de 1995, que fuera dictada en
función del art. 129 de la C.N. - denominada "Ley Cafiero" - establece una limitación
indebida para la constitución y organización definitiva de la Justicia de la Ciudad de
Buenos Aires. Esta norma establece que la Justicia Nacional Ordinaria, que actúa en la
Ciudad de Buenos Aires mientras ésta sea Capital de la Nación, mantendrá su actual
jurisdicción y competencia continuando a cargo del Poder Judicial de la Nación.
En este sentido, en su artículo 6º establece que el Estado Nacional y la Ciudad de
Buenos Aires están facultados para celebrar convenios interjurisdiccionales - suscriptos
por el Poder Ejecutivo Nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires, ad referéndum del
Congreso y la legislatura local - con el objeto de transferir del Estado Federal a la Ciudad,
organismos, funciones y bienes.
• Convenios de traspaso de Competencia
Hasta la fecha se han firmado dos Convenios de Transferencia de Competencias
exclusivamente en materia penal, lo que implica que la Justicia de la Ciudad entenderá
sobre algunos delitos tipificados en el Código Penal:
Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales de la Justicia Nacional al
Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto el 7 de diciembre de
2000 y aprobado por ley 25.752, sancionada el 2 de Julio de 2003: transfiere de la Justicia
Nacional en lo Correccional a la Contravencional y de Faltas el juzgamiento de conductas
de portación, tenencia y suministro ilegal de armas de fuego de uso civil, utilización de
armas y explosivos en espectáculos deportivos
Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales de la Justicia Nacional al
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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, suscripto el 1 de junio de 2004 y aprobado
por ley 2257, sancionada el 14 de Diciembre de 2006.
Los delitos que pasarán a ser juzgados por jueces de la Ciudad de Buenos Aires son:
lesiones en riña, abandono de personas, omisión de auxilio, exhibiciones obscenas,
matrimonios ilegales, ejercicio ilegal de la medicina, violación de domicilio, protección de
animales, daños, actos discriminatorios, incumplimiento de deberes de asistencia familiar,
usurpación, amenazas.
Órganos que integran el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires:
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